La preocupación de los gobiernos
por el riesgo que para el ambiente significa la liberación de OGM, condujo a la
conclusión de que era necesario desarrollar y aplicar políticas y regulaciones
en materia de bioseguridad (manejo responsable de seres vivos) en cada país y
de que era necesario tomar medidas a nivel internacional para regular la
movilidad transfronteriza de estos materiales.
La discusión sobre los
transgénicos se inició en 1992, en la reunión conocida como La Cumbre de Río.
Ahí se concluyó que era indispensable crear un marco regulatorio para la
protección de la biodiversidad del planeta, que ya había disminuido considerablemente
en diversas regiones. El Protocolo de Bioseguridad debía establecer reglas
internacionales vinculantes que obligarían a adoptar el principio precautorio
como base para las decisiones sobre transferencia, manejo y uso de los OGM.
Es importante señalar que antes
de llegar a un acuerdo internacional sobre los OGM, se inició el comercio de
los primeros cultivos transgénicos entre diversos países, entre ellos lugares
en donde existen ancestros o parientes silvestres de las especies y variedades
cultivadas. Esto es muy grave, pues la "nueva información" genética
puede llegar a hábitats no agrícolas.
Luego de un intenso trabajo de la
comunidad internacional, el 29 de enero se firmó en Montreal, Canadá, el
Protocolo de Bioseguridad, acordado en el Convenio sobre Diversidad Biológica
de 1992. Este Protocolo es un logro para la mayoría de países y un fuerte golpe
para Estados Unidos –líder del Grupo Miami, conformado por cinco países
productores de transgénicos–, pues establece las reglas internacionales que
obligarán a los países a adoptar el principio precautorio como base para las
decisiones relacionadas con el movimiento transfronterizo, tránsito, manejo y
uso de los organismos vivos modificados (OVM) o transgénicos.
Este acuerdo es un compromiso coordinado
para proteger la biodiversidad y emite un mensaje muy claro a Estados Unidos y
los países productores de OVM: con su apoyo o sin él, el compromiso de la
mayoría de los países (más de 130) es con el planeta y con la vida.
A continuación, se resumen los
puntos más controvertidos de la negociación, cuya discusión comenzó en
Colombia, en febrero de 1999:
1. Quedan establecidas reglas
mundiales para el control del movimiento transfronterizo, tránsito, manejo y
uso de todos los OVM o transgénicos.
2. El protocolo no contempla a
los productos derivados de OVM, ni a los productos farmacéuticos para humanos,
regulados por otros acuerdos y organizaciones.
3. La base del protocolo es el
principio precautorio, que dice que la ausencia de evidencia no significa la
ausencia de riesgo, por lo que ante la falta de certeza científica sobre los
posibles daños que un producto puede ocasionar, un país tiene derecho a
rechazarlo. Este principio incluye a los granos básicos o commodities.
4. El Protocolo no se subordinará
a las reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC) ni a otros acuerdos
internacionales.
5. Establece procedimientos
internacionales para lograr un Acuerdo Fundamentado Previo (AFP) para el
movimiento transfronterizo de los OVM. Los OVM regulados aquí son los
destinados a la liberación al ambiente (como cultivos) y al consumo humano y
animal o el procesamiento. No aplica con OVM de uso confinado o contenido.
6. Establece reglas
internacionales diferenciadas para identificar los OVM: etiquetado y separación
del producto de uso directo como alimento, procesamiento o liberación
intencional al ambiente. La identificación es una medida que permite el
rastreo.
7. Es obligación de las partes
desarrollar reglas internacionales en cuanto a responsabilidad y compensación
por daño causado por el movimiento transfronterizo de OVM.
8. Resalta importancia que tienen
para la humanidad los centros de origen y diversidad genética y obliga a las
partes a considerar este punto al decidir el procedimiento para un AFP.
9. El comercio con países no
miembros del protocolo es permitido mientras haya consecuencia con el
protocolo. Las partes pueden establecer acuerdos específicos bi, multilaterales
o regionales con no miembros, que no deberán quedar en un nivel más bajo de
protección que el establecido por el protocolo.
10. Para la entrada en vigor del
protocolo es necesario que 50 países miembros del CDB lo firmen y ratifiquen.
Se espera que esto sea resuelto entre los años 2002 y 2003.
La importancia del protocolo radica
en la posibilidad de ejercer la soberanía nacional respecto a la movilización
transfronteriza de OVM, para ejercer el derecho de protección de la
biodiversidad nacional, apelando al principio precautorio.
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